Desde la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) informamos a nuestras entidades asociadas que el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social dio por iniciado un período de conciliación obligatoria entre las partes paritarias del CCT 130/75, por el plazo de 15 (QUINCE) días. El objetivo primordial de dicho procedimiento es tratar de avenir a las partes para que lleguen a un acuerdo que solucione el conflicto de origen y garantizar la paz social atendiendo a la necesidad pública de contrarrestar eventuales desbordes que pudieran suscitar las acciones de las partes.
Por medio de la misma se le hace saber a la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS), sus sindicatos adheridos y por su intermedio a los trabajadores por ellos representados, que deberán dejar sin efecto, durante el período detallado en el párrafo anterior, toda medida de acción directa que estuviesen implementando y/o tuviesen previsto implementar, prestando servicios de manera normal y habitual. Asimismo, también se le hace saber a las empresas representadas por la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), la Cámara Argentina de Comercio y Servicios y la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA) que deberán otorgar tareas en forma normal y habitual a todo su personal, como así también abstenerse de tomar represalias de cualquier tipo con el personal representado por las organizaciones sindicales y/o con cualquier otra persona, en relación al diferendo planteado; respetando las disposiciones previstas en el Decreto DECNU-2020-260-APN-PTE, en la Resolución RESOL2020-207-APN-MT, en la Resolución REOSOL-279-APN-PTE, en el Decreto DECNU-2020-297-APN-PTE, en el Decreto DECNU-2020-754-APN-PTE, en el Decreto DECNU-2020-624-APN-PTE, y normas concordantes y complementarias; bajo apercibimiento de aplicar las sanciones contempladas en el artículo 8 y subsiguientes del ANEXO II DE LA Ley 25.212.
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