Desde la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) informamos que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), mediante la Resolución General 4955/2021, prorrogó los vencimientos para el recambio obligatorio de los controladores fiscales para el sector comercial y dividió los plazos según tamaño de empresa. La medida había sido solicitada por CAME en diciembre pasado a fin de aliviar la presión sobre los contribuyentes comerciales pyme a partir de la exención de un nuevo requerimiento y del costo que esta modernización tecnológica conlleva.
Los mencionados equipos de “vieja tecnología” podrán utilizarse según el cronograma que conforme a la cantidad de equipos homologados se detalla a continuación, debiéndose usar solo equipos de “nueva tecnología” a partir de las fechas indicadas para cada rango.
Cantidad de Equipos de “vieja tecnología” habilitados |
Rango de fechas para el recambio obligatorio de “vieja tecnología” a "nueva tecnología" |
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50 o más |
1/05/2021 al 30/06/2021 |
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Entre 11 y 49 |
1/07/2021 al 31/08/2021 |
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Entre 5 y 10 |
1/09/2021 al 31/10/2021 |
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3 o 4 |
1/11/2021 al 31/12/2021 |
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1 o 2 |
1/01/2022 al 28/02/2022 |
Para acceder a la Resolución General 4955/2021, clic aquí.
Para acceder al pedido de CAME, clic aquí.