Desde la Confederación Argentina de la Mediana Empresa, (CAME) comunicamos que un Tribunal de Segunda Instancia consideró confiscatorio el monto del tributo calculado de acuerdo a lo dispuesto por la ley, que habilitaba una aplicación muy parcial del ajuste por inflación.
La Cámara Federal de Bahía Blanca dictó una sentencia favorable a la empresa BIO BAHIA S.A., la misma procedió a pagar Ganancias por el año 2019, aplicando para el cálculo un ajuste por inflación al 100%. Dicho importe no se corresponde con lo que establece la normativa para ese ejercicio fiscal. La ley 27.541 de diciembre de 2019, dispuso que para el tributo de ese año (y también para el de 2020) debía considerarse solo un sexto del ajuste por inflación y que el resto tendría que tenerse en cuenta en partes iguales durante los cinco años siguientes.
Se estima que la Corte Suprema de Justicia deberá resolver en última instancia.