En virtud de la aprobación del Consenso fiscal en comisión del Honorable Senado de la Nación del Consenso Fiscal -acuerdo firmado por la mayoría de las provincias el pasado 27 de diciembre, que se tratará próximamente en el recinto-, desde la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), advertimos que, con la Ley 27.634 que aprueba este documento, se generó un cambio que perjudica al sector pyme, al modificar el criterio de territorialidad.
Como consecuencia, aquellas ventas que se realizan en forma virtual, a distancia, por cualquier medio electrónico, plataforma o aplicación tecnológica y/o digital, además de actuar en la jurisdicción del vendedor también lo hará en la del domicilio del que compra el producto y/o servicio, por lo que la pyme que realice sus ventas digitalmente sufrirá retenciones en jurisdicciones en las que no se encuentra inscripta, generando saldos a favor de imposible recupero.
Atento a ello es que CAME solicita una modificación de la Ley 27.634 que disponga que, si no hay una venta permanente y periódica en la provincia del adquiriente del producto o servicio, no se genere la retención/percepción correspondiente.