Desde la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) informamos que la Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa, mediante la Resolución 563/2019, actualizó los montos de facturación por categoría y sector utilizados para definir a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (MiPymes)
De esta manera se reconoce el impacto del aumento sostenido y generalizado de precios que implicaba que muchas MiPymes dejen de ser incluidas dentro del Registro de Empresas MiPymes y las facilidades que ese Registro prevé.
A continuación, detallamos los nuevos valores:
Recordamos que, con fecha 6/12/2019, mediante la Resolución General Conjunta (AFIP-SEPYME) 4642/2019 se estableció la renovación automática de la vigencia del “Certificado MiPyme” y, por lo tanto, la reinscripción de la empresa en el “Registro de Empresas MiPymes”.
Para el caso en que por la evolución de la facturación se la hubiese excluido, la Empresa deberá presentar la información actualizada de los campos del Formulario (AFIP) Nº 1272 denominado “Pymes/Solicitud de categorización y/o beneficios” actualizando la información de facturación para ser reincorporado al Registro y el acceso a los beneficios que éste prevé.
Para acceder a la Resolución 563/2019, clic aquí.