La Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) informa que el Banco Central de la República Argentina (BCRA), a través de la Comunicación “B” N°11765/2018, notificó a todas las entidades financieras acerca de la obligatoriedad de exigir la presentación del “Certificado de Cumplimiento Censal” como requisito previo a la conformación de cualquier trámite, a partir del 15 de diciembre próximo y por el término de 12 meses.
La disposición se enmarca dentro de lo establecido por el artículo 11 del Decreto 3110/70 https://www.indec.gov.ar/ftp/documentos/dec3110.html, y subraya que “la falta del documento, impedirá ejecutar dicha operación”.
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