La Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) informa que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), mediante la Resolución General 4501/2019, estableció la prórroga para la presentación de las declaraciones juradas y el pago de los impuestos a las Ganancias, sobre los bienes personales y Cedular, correspondiente al período fiscal 2018.
A partir de esta determinación, los vencimientos, que comienzan a operar durante este mes, se podrán efectuar en base a la terminación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del contribuyente.
De esta manera, para los CUIT finalizados en 0, 1, 2 y 3 la fecha de presentación última será el 18 de junio y el pago el 19, mientras que para los que concluyen en 4, 5 y 6 cuentan con tiempo para presentar toda la documentación hasta el 19, realizando el pago el día 21 del mismo mes. Finalmente, para el resto las fechas son el 21 (presentación) y 24 (pago) de junio.
Además, los sujetos alcanzados por el impuesto cedular podrán efectuar la presentación de la declaración jurada hasta el 19 de julio del corriente inclusive.
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