Saltar al contenido
Tel./Fax: (011) 5556-5556/02Leandro N. Alem 452 (C1003AAR), C.A.B.A. - Argentina
Facebook page opens in new windowTwitter page opens in new windowInstagram page opens in new windowLinkedin page opens in new window
Confederación Argentina de la Mediana Empresa – CAME
60 años de compromiso con las PYMES
Confederación Argentina de la Mediana Empresa - CAMEConfederación Argentina de la Mediana Empresa - CAME
  • Qué es CAME
    • Misión, Visión y Valores
    • Hitos
    • Banderas
    • Autoridades
    • Estatuto
    • Código de Ética y Convivencia
    • Informes de gestión
    • Preguntas frecuentes
  • Novedades
  • Prensa
Buscar:
Buscar
  • Qué es CAME
    • Misión, Visión y Valores
    • Hitos
    • Banderas
    • Autoridades
    • Estatuto
    • Código de Ética y Convivencia
    • Informes de gestión
    • Preguntas frecuentes
  • Novedades
  • Prensa

IMPLEMENTAN EL SISTEMA DE FACTURA ELECTRÓNICA PARA MIPYMES

Estás aquí:
  1. Inicio
  2. Novedades
  3. IMPLEMENTAN EL SISTEMA DE FACTURA…
May162020
Novedades

Desde la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) informamos que el Ministerio de Producción y Trabajo de la Nación y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a través las resoluciones 209/2018, 4366/2018 y 4367/2018 publicadas en el Boletín Oficial, reglamentaron el régimen de la Factura de Crédito Electrónica (FCE), con el objetivo de reducir en forma sustancial el costo de financiamiento para las MiPymes. De esta forma, las empresas podrán aumentar su productividad mediante el cobro anticipado de los créditos y de los documentos por cobrar.

El sistema será aplicable a partir del día 1° de enero de 2019 para las operaciones comerciales en las que una micro, pequeña o mediana empresa esté obligada a emitir comprobantes originales (factura o recibo) a una empresa grande. De esta manera, la empresa grande estará obligada al pago, en la medida en que se encuentre operativo el sistema informático que a tales efectos desarrolle la AFIP.

El régimen arrancará con el sector automotriz y permitirá que las empresas proveedoras del sector decidan cómo y con quién cobrar sus facturas. Una vez que la automotriz valide y acepte la factura, la MiPyme podrá elegir entre esperar el cobro por parte de la empresa grande o transferirla a una cuenta comitente registrada en la Caja de Valores. La factura conformada podrá ser a partir de ahí negociada tanto en el sector financiero como en el mercado de capitales. A la fecha de vencimiento la firma automotriz transferirá el importe al CBU de la Caja de Valores quien le pagará al inversor que la posea.

La autoridad de aplicación será la Secretaría de Simplificación Productiva del Ministerio de Producción y Trabajo. En el micrositio Factura de Crédito Electrónica se encontrará información detallada sobre el procedimiento www.afip.gob.ar/facturadecreditoelectronica. En tanto, la AFIP emitirá alertas al domicilio fiscal electrónico de todos los actores involucrados como recordatorios de las acciones y plazos a cumplir.

La Factura de Crédito Electrónica es parte de la Ley 27.440 de Financiamiento Productivo, aprobada en la Cámara de Diputados el 9 de mayo pasado. Al momento de ser debatida en el Congreso, el capítulo referido a esta factura recibió el apoyo unánime de todos los bloques.

Así, las Pymes tendrán una nueva opción para hacer efectivo el monto de sus facturas, obteniendo mayor flexibilidad en los plazos para obtener liquidez.

En países de la región, como Chile, estas herramientas llegan a representar un 10 % del PBI, en tanto que, en Argentina, solo el 0,3 %. La generalización de la factura electrónica conformada mejora el acceso al financiamiento y promueve la formalización en las cadenas de valor implicando un gran paso en la lucha contra la evasión y el acceso al crédito.

Categoría: Novedadesmayo 16, 2020
Etiquetas: Institucional
Share this post
Share on FacebookShare on Facebook TweetShare on Twitter TweetShare on Pinterest Share on LinkedInShare on LinkedIn

Navegación entre publicaciones

AnteriorPublicación anterior:TRAS UN PEDIDO DE CAME, AHORA 12 INCORPORÓ EL LUNES 24 PARA COMPRAR EN CUOTASSiguientePublicación siguiente:EL BCRA PUSO EN CIRCULACIÓN EL NUEVO BILLETE DE $100 Y LAS MONEDAS DE $2 Y $10

Publicaciones relacionadas

Pontex, la primera pyme formoseña en obtener el sello de Triple Impacto de CAME
mayo 31, 2023
Mujeres CAME fue parte de la Primera Jornada de Mujeres Empresarias de Corrientes
mayo 31, 2023
CAME y el Parlamento Patagónico proyectan fortalecimiento de las pymes del sur
mayo 23, 2023
Webinar: “Liquidación de sueldos: implementación del acuerdo mercantil: MAYO 2023”
mayo 23, 2023
MECAME fue parte del plenario de la Mesa Federal de Políticas Económicas con Perspectiva de Género
mayo 22, 2023
MECAME presente en el Congreso Nacional de Mujeres Sindicalistas
mayo 22, 2023

IMPLEMENTAN EL SISTEMA DE FACTURA ELECTRÓNICA PARA MIPYMES

Estás aquí:
  1. Inicio
  2. Novedades
  3. IMPLEMENTAN EL SISTEMA DE FACTURA…
May112020
Novedades

Desde la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) informamos que el Ministerio de Producción y Trabajo de la Nación y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a través las resoluciones 209/2018, 4366/2018 y 4367/2018 publicadas en el Boletín Oficial, reglamentaron el régimen de la Factura de Crédito Electrónica (FCE), con el objetivo de reducir en forma sustancial el costo de financiamiento para las MiPymes. De esta forma, las empresas podrán aumentar su productividad mediante el cobro anticipado de los créditos y de los documentos por cobrar.

El sistema será aplicable a partir del día 1° de enero de 2019 para las operaciones comerciales en las que una micro, pequeña o mediana empresa esté obligada a emitir comprobantes originales (factura o recibo) a una empresa grande. De esta manera, la empresa grande estará obligada al pago, en la medida en que se encuentre operativo el sistema informático que a tales efectos desarrolle la AFIP.

El régimen arrancará con el sector automotriz y permitirá que las empresas proveedoras del sector decidan cómo y con quién cobrar sus facturas. Una vez que la automotriz valide y acepte la factura, la MiPyme podrá elegir entre esperar el cobro por parte de la empresa grande o transferirla a una cuenta comitente registrada en la Caja de Valores. La factura conformada podrá ser a partir de ahí negociada tanto en el sector financiero como en el mercado de capitales. A la fecha de vencimiento la firma automotriz transferirá el importe al CBU de la Caja de Valores quien le pagará al inversor que la posea.

La autoridad de aplicación será la Secretaría de Simplificación Productiva del Ministerio de Producción y Trabajo. En el micrositio Factura de Crédito Electrónica se encontrará información detallada sobre el procedimiento www.afip.gob.ar/facturadecreditoelectronica. En tanto, la AFIP emitirá alertas al domicilio fiscal electrónico de todos los actores involucrados como recordatorios de las acciones y plazos a cumplir.

La Factura de Crédito Electrónica es parte de la Ley 27.440 de Financiamiento Productivo, aprobada en la Cámara de Diputados el 9 de mayo pasado. Al momento de ser debatida en el Congreso, el capítulo referido a esta factura recibió el apoyo unánime de todos los bloques.

Así, las Pymes tendrán una nueva opción para hacer efectivo el monto de sus facturas, obteniendo mayor flexibilidad en los plazos para obtener liquidez.

En países de la región, como Chile, estas herramientas llegan a representar un 10 % del PBI, en tanto que, en Argentina, solo el 0,3 %. La generalización de la factura electrónica conformada mejora el acceso al financiamiento y promueve la formalización en las cadenas de valor implicando un gran paso en la lucha contra la evasión y el acceso al crédito.

Categoría: Novedadesmayo 11, 2020
Etiquetas: Institucional
Share this post
Share on FacebookShare on Facebook TweetShare on Twitter TweetShare on Pinterest Share on LinkedInShare on LinkedIn

Navegación entre publicaciones

AnteriorPublicación anterior:IMPLEMENTAN EL SISTEMA DE FACTURA ELECTRÓNICA PARA MIPYMESSiguientePublicación siguiente:Entrada siguiente

Publicaciones relacionadas

Pontex, la primera pyme formoseña en obtener el sello de Triple Impacto de CAME
mayo 31, 2023
Mujeres CAME fue parte de la Primera Jornada de Mujeres Empresarias de Corrientes
mayo 31, 2023
CAME y el Parlamento Patagónico proyectan fortalecimiento de las pymes del sur
mayo 23, 2023
Webinar: “Liquidación de sueldos: implementación del acuerdo mercantil: MAYO 2023”
mayo 23, 2023
MECAME fue parte del plenario de la Mesa Federal de Políticas Económicas con Perspectiva de Género
mayo 22, 2023
MECAME presente en el Congreso Nacional de Mujeres Sindicalistas
mayo 22, 2023

IMPLEMENTAN EL SISTEMA DE FACTURA ELECTRÓNICA PARA MIPYMES

Estás aquí:
  1. Inicio
  2. Novedades
  3. IMPLEMENTAN EL SISTEMA DE FACTURA…
May112020
Novedades

Desde la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) informamos que el Ministerio de Producción y Trabajo de la Nación y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a través las resoluciones 209/2018, 4366/2018 y 4367/2018 publicadas en el Boletín Oficial, reglamentaron el régimen de la Factura de Crédito Electrónica (FCE), con el objetivo de reducir en forma sustancial el costo de financiamiento para las MiPymes. De esta forma, las empresas podrán aumentar su productividad mediante el cobro anticipado de los créditos y de los documentos por cobrar.

El sistema será aplicable a partir del día 1° de enero de 2019 para las operaciones comerciales en las que una micro, pequeña o mediana empresa esté obligada a emitir comprobantes originales (factura o recibo) a una empresa grande. De esta manera, la empresa grande estará obligada al pago, en la medida en que se encuentre operativo el sistema informático que a tales efectos desarrolle la AFIP.

El régimen arrancará con el sector automotriz y permitirá que las empresas proveedoras del sector decidan cómo y con quién cobrar sus facturas. Una vez que la automotriz valide y acepte la factura, la MiPyme podrá elegir entre esperar el cobro por parte de la empresa grande o transferirla a una cuenta comitente registrada en la Caja de Valores. La factura conformada podrá ser a partir de ahí negociada tanto en el sector financiero como en el mercado de capitales. A la fecha de vencimiento la firma automotriz transferirá el importe al CBU de la Caja de Valores quien le pagará al inversor que la posea.

La autoridad de aplicación será la Secretaría de Simplificación Productiva del Ministerio de Producción y Trabajo. En el micrositio Factura de Crédito Electrónica se encontrará información detallada sobre el procedimiento www.afip.gob.ar/facturadecreditoelectronica. En tanto, la AFIP emitirá alertas al domicilio fiscal electrónico de todos los actores involucrados como recordatorios de las acciones y plazos a cumplir.

La Factura de Crédito Electrónica es parte de la Ley 27.440 de Financiamiento Productivo, aprobada en la Cámara de Diputados el 9 de mayo pasado. Al momento de ser debatida en el Congreso, el capítulo referido a esta factura recibió el apoyo unánime de todos los bloques.

Así, las Pymes tendrán una nueva opción para hacer efectivo el monto de sus facturas, obteniendo mayor flexibilidad en los plazos para obtener liquidez.

En países de la región, como Chile, estas herramientas llegan a representar un 10 % del PBI, en tanto que, en Argentina, solo el 0,3 %. La generalización de la factura electrónica conformada mejora el acceso al financiamiento y promueve la formalización en las cadenas de valor implicando un gran paso en la lucha contra la evasión y el acceso al crédito.

Categoría: Novedadesmayo 11, 2020
Etiquetas: Institucional
Share this post
Share on FacebookShare on Facebook TweetShare on Twitter TweetShare on Pinterest Share on LinkedInShare on LinkedIn

Navegación entre publicaciones

AnteriorPublicación anterior:AFIP prorrogó la presentación y pago de la declaración jurada correspondiente a la seguridad socialSiguientePublicación siguiente:IMPLEMENTAN EL SISTEMA DE FACTURA ELECTRÓNICA PARA MIPYMES

Publicaciones relacionadas

Pontex, la primera pyme formoseña en obtener el sello de Triple Impacto de CAME
mayo 31, 2023
Mujeres CAME fue parte de la Primera Jornada de Mujeres Empresarias de Corrientes
mayo 31, 2023
CAME y el Parlamento Patagónico proyectan fortalecimiento de las pymes del sur
mayo 23, 2023
Webinar: “Liquidación de sueldos: implementación del acuerdo mercantil: MAYO 2023”
mayo 23, 2023
MECAME fue parte del plenario de la Mesa Federal de Políticas Económicas con Perspectiva de Género
mayo 22, 2023
MECAME presente en el Congreso Nacional de Mujeres Sindicalistas
mayo 22, 2023
  • Facebook
  • Twitter
  • Instagram
  • LinkedIn
Leandro N. Alem 452
(C1003AAR)
C.A.B.A. - Argentina
(011) 5556-5556/02
info@came.org.ar




    Confederación Argentina de la Mediana Empresa - CAME
    CAME | Confederación Argentina de la Mediana Empresa
    • Qué es CAME
      • Misión, Visión y Valores
      • Hitos
      • Banderas
      • Autoridades
      • Estatuto
      • Código de Ética y Convivencia
      • Informes de gestión
      • Preguntas frecuentes
    • Novedades
    • Prensa
    principal
    Ir a Tienda