Desde la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) informamos que la Inspección General de Justicia (IGJ), a través de la Resolución General 8/2017 publicada en el Boletín Oficial, ajustó el procedimiento para inscribir a las Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS). Mediante este ajuste, se adecua la normativa registral para inscripciones y requisitos aplicables a las SAS. También se implementa el documento electrónico con firma electrónica o digital de sus otorgantes debiendo el último de los socios en firmar, utilizar firma digital para suscribir y cerrar el documento con todas las propiedades y seguridades que brinda dicha firma digital. Si la SAS fuera unipersonal, la firma del socio único deberá ser digital. La denominación de la SAS no podrá ser igual o similar a otras ya existentes ni incluir términos o expresiones contrarias a la ley, el orden público o las buenas costumbres. Para dar de alta un usuario, se deberá habilitar el servicio a través del sitio web de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), utilizando clave fiscal nivel 2 o superior. Junto a la presentación del trámite, se deberá acompañar de manera obligatoria un formulario complementario, de carácter informativo y sin costo, para disponer de los datos necesarios para la caratulación. El formulario deberá ser descargado del sitio web de la IGJ, completado y firmado por el presentante del trámite. Para acceder a la Resolución General 8/2017, haga clic aquí. Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 6 de octubre de 2017 |