Desde la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) informamos que el Poder Ejecutivo Nacional, a través del Decreto 463/2018 publicado en el Boletín Oficial, estableció modificaciones sobre Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias.
La nueva normativa puntualmente determina que estarán exentos del impuesto al cheque los débitos y/o créditos en cuenta corriente aplicados u originados en las transferencias de dominio a título oneroso de inmuebles.
Cabe destacar que se entiende por tales la suscripción del boleto de compraventa o documento equivalente que otorgue posesión del inmueble y cualquier acto por el que se transmita su titularidad, situados en el país, siempre que el o los titulares de la cuenta sean sujetos residentes en el país y que el bien sea debidamente identificado.
Asimismo, se consideran incluidos en la exención aquellos débitos y créditos generados por la utilización de cheques cancelatorios o de pago financiero, aplicados u originados en las operaciones mencionadas en el párrafo anterior.
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