Desde la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) informamos que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispuso que, desde el 1ero de abril, rige la obligatoriedad de recibir pagos por débito por parte de los comercios, prestadores de servicios y profesionales.
Esta regulación, que también está diseñada para los pagos electrónicos, se establece con el objetivo de buscar la promoción de implementación de equipos en puntos de ventas (POS). Los pagos deben ser aceptados desde los 10 pesos en adelante.
El incumplimiento de esta nueva disposición estipula multas entre 300 pesos y 30 mil, como también la clausura de locales comerciales de 3 a 10 días. Los consumidores podrán denunciar a aquellos prestadores o comerciantes que no se apeguen a la normativa y no acepten estos pagos.