Desde la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) brindamos información sobre una serie de novedades con respecto al aplicativo denominado “Sistema de Cálculo de Obligaciones de Seguridad Social – SICOSS” que debe utilizarse a partir del periodo fiscal febrero 2018 en adelante.
Teniendo en cuenta las modificaciones introducidas por la Reforma Tributaria (leyes N° 27.426 y 27.430), la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) debe readecuar algunos de sus sistemas informáticos, dentro de los cuales se encuentra una nueva versión del programa aplicativo, antes mencionado, a utilizar por parte de los empleadores.
La nueva versión del SICOSS, que contempla los cambios introducidos por la reforma normativa antedicha, será la v.41 y se encontrará disponible en el sitio web institucional http://www.afip.gob.ar, a partir del 3 de abril de 2018.
Cabe destacar que hasta dicha fecha los empleadores deberán utilizar la versión anterior del referido programa aplicativo.
En consecuencia, y a fin de utilizar los beneficios dispuestos por la reforma tributaria, las declaraciones juradas determinativas de los recursos de la seguridad social, correspondientes a los períodos devengados enero, febrero y/o marzo de 2018, presentadas con una versión anterior del SICOSS, podrán ser rectificadas por nómina completa utilizando la versión 41 de dicho aplicativo hasta el día 31 de mayo de 2018 inclusive. Es este caso, la rectificativa en menos no implicará la aplicación las disposiciones de la Resolución General N° 3.093 y su modificatoria.
Asimismo, cuando la rectificación de las referidas declaraciones juradas arroje un saldo a favor de la AFIP, su ingreso se considerará cumplido en término si se efectúa hasta el 31 de mayo de 2018.