Desde la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) les informamos que, mediante la Resolución General 4016-E, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) permitirá que los contribuyentes que se adhieran al blanqueo podrán completar sus trámites hasta el 17 de abril, aunque deberán pagar el impuesto especial antes de fin de este mes.
Se estableció que se extenderá el plazo para presentar todos los papeles del trámite del sinceramiento fiscal hasta mediados del mes próximo, si el contribuyente pagó el impuesto especial a través del VEP correspondiente.
En su artículo primero, dicha Resolución indica que "se considerarán formalizadas en tiempo y forma -con carácter opcional- las solicitudes de adhesión o complementación al sistema voluntario y excepcional de declaración de tenencia de moneda nacional, extranjera y demás bienes en el país y en el exterior, siempre que al 31 de marzo de 2017 se manifieste inequívoca y expresamente la intención de exteriorización”.
De este modo, el organismo recaudador cumple con las limitaciones de la Ley 27.260 de no mover la fecha de vencimiento del blanqueo que corresponde al último día de efectivización del pago del impuesto especial, pero concederá facilidades administrativas para ingresar los requisitos complementarios, como tasaciones de inmuebles y valuaciones de activos financieros no cotizables en Mercados de Valores.
El impuesto especial del blanqueo es del 5 % del valor para los inmuebles y del 15 % para el resto de los bienes, siempre que se abone mediante transferencia bancaria desde una cuenta nacional o del exterior. También puede abonarse el impuesto suscribiendo títulos Bonar 2023, pero la suscripción deberá ser por un monto equivalente a un tercio del total de los fondos a sincerar.
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Osvaldo Cornide
Presidente
Buenos Aires, 27 de marzo de 2017