Desde la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) informamos que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a través de la Resolución General 4483, ajustó la información a presentar para quienes aplican las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF).
Puntualmente, se modifica la Resolución General 3363 que prevé el aporte de documentación adicional, así como ciertas condiciones a observar, por parte de aquellos contribuyentes que confeccionen sus estados financieros –con carácter obligatorio u opcional- aplicando las NIIF.
La norma establece que las pymes que apliquen las NIIF para la confección de sus estados financieros, podrán optar por incluir una nota a los estados financieros, en la que se detalle el resultado final del ejercicio y los importes totales del Activo, Pasivo y Patrimonio Neto, determinados conforme a las normas contables profesionales vigentes para los sujetos no alcanzados por las disposiciones de la Resolución Técnica 26 (FACPCE) sin considerar el efecto que se produce por el cambio en el poder adquisitivo de la moneda.
Para acceder a la Resolución General 4483, clic aquí.