La Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) informa que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) determinó, mediante la Resolución General 4681/2020, que la determinación nominativa e ingreso de los aportes y contribuciones con destino a los distintos subsistemas de la seguridad social deberá efectuarse mediante la utilización de la versión 42 del programa aplicativo denominado “Sistema de Cálculo de Obligaciones de la Seguridad Social – SICOSS”.
La versión 42 del programa aplicativo permitirá elaborar las declaraciones juradas correspondientes a los períodos devengados enero de 2020 y siguientes, respecto de los empleados en relación de dependencia del sector privado.
A su vez, los empleadores del Sector Privado que revistan la calidad de entidad civil sin fines de lucro deberán registrar ante la AFIP alguna de las formas jurídicas que se indican a continuación:
CÓDIGO FORMA JURÍDICA:
- 86 ASOCIACIÓN
- 87 FUNDACIÓN
- 94 COOPERATIVA
- 95 COOPERATIVA EFECTORA
- 167 CONSORCIO DE PROPIETARIOS
- 203 MUTUAL
- 215 COOPERADORA
- 223 OTRAS ENTIDADES CIVILES
- 242 INSTITUTO DE VIDA CONSAGRADA
- 256 ASOCIACIÓN SIMPLE
- 257 IGLESIA, ENTIDADES RELIGIOSAS
- 260 IGLESIA CATÓLICA
Finalmente, las declaraciones juradas determinativas de los recursos de la seguridad social que correspondan a los períodos devengados diciembre de 2019 y enero de 2020 podrán ser rectificadas por nómina completa, hasta el día 31 de mayo de 2020, inclusive.
Para acceder a la Resolución General 4681/2020, haga clic aquí.