Desde la Secretaría de Comercio Exterior de la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) informamos que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a través de la Resolución General 4696/2020 publicada en el Boletín Oficial, exceptuó del régimen de percepción del Impuesto al Valor Agregado a los 52 insumos médicos comprendidos en el Decreto 333/2020. La medida tendrá vigencia por un plazo de 60 días.
De esta forma, la norma libera a los importadores del pago correspondiente sobre estos insumos críticos, con el objetivo de garantizar el acceso a los productos necesarios para hacer frente a la emergencia sanitaria provocada por el COVID 19.
Para acceder a la Resolución General 4696/2020, clic aquí.