Desde la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) informamos que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a través de la Resolución General 4268 publicada en el Boletín Oficial, estableció un nuevo plan de facilidades de pago para contribuyentes con el objetivo de ayudar a pagar deudas atrasadas.
Se trata de una modificación del conocido "Plan Permanente" de financiación de deudas tributarias en el cual la cantidad de cuotas y los intereses están sujetos al régimen de "scoring", por lo que las facilidades dependerán del nivel de riesgo fiscal que tiene el contribuyente en función de sus cumplimientos o incumplimientos. Es decir, a mejor nivel mejores planes.
El nuevo régimen es aplicable para la cancelación total o parcial de:
- Obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social, sus intereses resarcitorios y multas, vencidas a la fecha de presentación del plan, inclusive.
- Multas impuestas, cargos suplementarios por tributos a la importación o exportación y liquidaciones de los citados tributos comprendidas en el procedimiento para las infracciones, así como sus intereses resarcitorios.
Cabe destacar que esto no se trata de una moratoria, lo que implica que se otorgan cuotas a la deuda integrada por intereses y multas.
A partir de esta nueva reglamentación, el cupo de planes disponibles no tendrá en cuenta los que se presentaron hasta fines de junio para micro y pequeñas empresas. El máximo de cuotas pasará de 6 a 8 y la cantidad de planes por contribuyente de 4 a 6.
Para acceder a la Resolución General 4268, haga clic aquí.