La Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) informa que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a través de la Resolución General 4434/2019, oficializó un nuevo plan de pagos para las deudas por obligaciones impositivas que se encuentren en discusión ante el Tribunal Fiscal de la Nación, aplicable para saldar las aludidas deudas con más sus intereses, actualizaciones y multas.
Será condición necesaria para adherir al régimen que el contribuyente y/o responsable se allane incondicionalmente a la pretensión del Fisco y en consecuencia desista y renuncie a toda acción y derecho, incluso el de repetición, con relación a las obligaciones a cancelar mediante el plan de facilidades, asumiendo el pago de las costas y gastos causídicos.
El régimen de facilidades de pago dispuesto por la presente podrá presentarse desde el día de entrada en vigencia de esta resolución general y hasta el día 30 de junio de 2019 inclusive.
Para poder adherir al plan de facilidades de pago se deberá llevar adelante las siguientes acciones:
- Ingresar al sistema denominado "MIS FACILIDADES", a la opción "R.G. Plan obligaciones impositivas en discusión ante el TFN" que se encuentra disponible en el sitio web de la AFIP.
- Convalidar, modificar y/o incorporar las obligaciones adeudadas a regularizar.
- Elegir la opción correspondiente al presente plan.
- Seleccionar la Clave Bancaria Uniforme (CBU) a utilizar.
- Consolidar la deuda, generar a través del sistema "MIS FACILIDADES" el Volante Electrónico de Pago (VEP) correspondiente al pago a cuenta y efectuar su ingreso conforme al procedimiento de pago electrónico de obligaciones.
Cabe destacar que esta nueva norma no implica reducción alguna de intereses, como tampoco liberación de las pertinentes sanciones.
Para acceder a la Resolución General 4434/2019, haga clic aquí.