Desde la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) informamos que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), mediante la Resolución General 4856/2020, formalizó la extensión de la feria fiscal hasta el 29 de noviembre próximo.
La medida mantiene la suspensión del cómputo de los plazos vigentes en determinaciones de oficio, sumarios, multas, descargos, intimaciones y clausuras, no obstante, continúan habilitados distintos procedimientos de fiscalización.
La normativa, asimismo, incorpora a las excepciones vigentes a los procedimientos de fiscalización originados en la detección de facturación apócrifa.
También mantiene habilitadas las fiscalizaciones realizadas en función de la información proporcionada por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) sobre cuentas de argentinos en el exterior, así como aquella proveniente del intercambio de información en el marco de acuerdos y convenios internacionales.
Para acceder a la Resolución General 4856/2020, clic aquí.