Desde la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) recordamos que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) pondrá en marcha a partir del próximo lunes 7 de octubre la factura electrónica "M", que identificará a las sociedades o contribuyentes físicos que registren inconsistencias en sus cuentas bancarias y fiscales con el fin de combatir el uso de facturas apócrifas. Esta medida fue establecida a través de la Resolución General 4132-E, publicada en el Boletín Oficial el pasado 25 de septiembre.
De esta forma, el organismo aplicará una "Matriz de Perfil de Riesgo Apócrifo", una serie de parámetros de control para evaluar la conducta de 850 mil contribuyentes relacionando montos de facturación/bienes registrables, de facturación personal, la actividad declarada y las cuentas bancarias, además de su cumplimiento con el organismo.
Si este contribuyente, sea persona física o sociedad, presenta una inconsistencia severa, se le permitirá en un principio utilizar una factura “M”, por lo que quien contrata el servicio será agente de retención del 21 % del IVA más un 3 % de Ganancias.
A continuación detallamos los puntos de carácter riesgoso para la AFIP que podrían implicar una matriz de riesgo para las Pymes:
- Relación montos de facturación/Personal declarado/Actividad/es declarada/s.
- Relación montos de facturación/acreditaciones bancarias.
- Relación montos de facturación/bienes registrables.
- Relación montos de facturación/pagos de impuestos realizados.
- Calificación asignada por el sistema informático denominado “Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER)”.
- Información de terceros.
- Falta de presentación de declaraciones juradas determinativas.
- Falta de presentación del régimen informativo de compras y ventas establecido por la Resolución General 3685.
- Relación inconsistente entre el débito fiscal y el crédito fiscal del impuesto al valor agregado.
- Diferencias relevantes entre el débito fiscal declarado en el impuesto al valor agregado y débito fiscal facturado en forma electrónica.
- Inconsistencias en el/los domicilio/s declarado/s.
- Antigüedad como empleador.
Es importante destacar que cuando un contribuyente bajo sospecha quiera hacer una facturación electrónica, el sistema en forma automática solo le permitirá utilizar la factura “M” hasta que la AFIP revise su situación. Para salir del sistema de la factura “M”, el contribuyente deberá presentar vía web una nota de disconformidad sobre los motivos que originaron la medida. Pero si sigue facturando con esta categoría, la AFIP podrá incluirlo en la base de facturas o compañías apócrifas, suspender su Cuenta Única de Identificación Tributaria (CUIT) e iniciar acciones administrativas y judiciales, entre otras opciones.
Para acceder a la Resolución 4132-E, haga clic aquí.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 3 de octubre de 2017