Desde la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) informamos que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), mediante la Resolución General 4751/2020, incorporó un nuevo período que será contemplado para evaluar el acceso al programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP), y reiteró el cierre de las inscripciones el próximo viernes 3 de julio.
El Comité de Evaluación y Monitoreo del programa indicó que las empresas que iniciaron actividades entre enero y abril de 2019 podrán rectificar la información sobre su facturación para acceder al Salario Complementario de mayo, incorporando los ingresos referidos a diciembre de 2019 y abril de 2020.
De esta forma, el acceso a la tercera edición del ATP se validará cuando se cumplan los parámetros en materia de variación en la facturación entre ambos períodos, que no debe superar el 5%, y la actividad desarrollada esté contemplada en la normativa.
Las exposiciones se deben realizar únicamente por medio del sitio web de AFIP.
En tanto, se reiteró el plazo final para poder solicitar la ayuda estatal para el pago de los salarios, cuyo límite se fijó para el viernes 3 de julio.
Bajo una nueva modalidad, de acuerdo a las zonas geográficas, y con una mayor asistencia de los distritos que estén cumpliendo el Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO), los beneficios alcanzarán al equivalente de dos salarios mínimos, vital y móvil.
Las firmas que se encuentren operando dentro de los territorios que hayan avanzado hacia el Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio (DISPO), el desembolso estatal será de un salario mínimo vital y móvil, que a junio es de 16.875 pesos.
Todas las empresas deberán registrarse, incluso aquellas que hubieran realizado el procedimiento en los meses anteriores, mientras que los empleadores registrados en el programa ATP y que todavía no lo hubieran hecho, deberán informar el CBU para cada uno de sus trabajadores y trabajadoras.
Para acceder a la Resolución General 4751/2020, clic aquí.