Desde el sector Industrial de la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), se elevó una nota formal a la Secretaria de Energía de la Nación solicitando que se tomen las medidas correspondientes en tiempos de necesidad y urgencia. Que considerando la prohibición de ir a trabajar y que algunas empresas no están consumiendo los KW contratados, se suspenda el mencionado cargo por el tiempo que se extienda la restricción, facturando solamente la energía efectivamente consumida, incluyendo en este requerimiento a aquellas empresas que, por motivos de emergencia, estén trabajando a mucho menos de su capacidad instalada.
En el día de la fecha el Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRA) estableció nuevos parámetros para resguardar a usuarios comerciales e industriales, entre quienes también están contemplados usuarios de la industria cultural, ante la situación extraordinaria e imprevista que afronta el sector en el marco de la Emergencia Sanitaria Covid-19 Coronavirus, en un contexto de alteración en la actividad económica y, como consecuencia, de la demanda de energía eléctrica.
Mediante la Resolución N° 35/2020, el ENRE estableció que aquellos usuarios y usuarias de las categorías T2, T3 y peaje que hayan sufrido una caída del 50% o más de su demanda de energía, podrán solicitar la suspensión o renuncia de la potencia contratada mientras dure el Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio.
En este sentido, también se dispuso que las deudas que se generen durante la suspensión serán abonadas mediante planes de pago en base a pautas establecidas oportunamente por el ente. Asimismo, la medida también contempla que aquellos usuarios o usuarias que opten por resolver total o parcialmente el contrato de potencia o soliciten su readecuación, no serán pasibles de las penalidades previstas en el marco regulatorio vigente.
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