La Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) informa que el Banco Central de la República Argentina (BCRA) ha publicado la Comunicación “A” 6818, que modifica todos los procedimientos regulatorios relacionados con el pago al exterior de importaciones y otras compras de bienes en el exterior, a partir del 1 de noviembre del corriente año.
Debido a lo extenso y complejo del universo de operaciones que cubre la mencionada comunicación, resulta importante destacar algunos detalles relevantes:
- El Sistema de Seguimiento de Pagos de Importaciones (SEPAIMPO) monitoreará los pagos al exterior asociados a la oficialización de una importación. El banco interviniente será la entidad encargada del seguimiento del mismo.
- Se establecen requisitos a cumplir para acceder al mercado local de cambios, tanto para pago de importaciones ya realizadas como las que se paguen anticipadamente a su embarque.
- Lo más relevante y que seguramente traerá controversias, es la obligación de presentar documentos probatorios de la oficialización del despacho de importación dentro de los 90 días corridos, de realizado el anticipo de divisas al exterior. Caso contrario, deberá demostrar la liquidación de los importes que justifiquen la devolución del mismo.
- La prórroga de los plazos para demostrar el registro de ingreso aduanero, deberá requerir la previa autorización del BCRA, a petición de la entidad encargada del seguimiento del pago.
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