Desde la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) informamos que el Gobierno Nacional, mediante el Decreto 605/2020, estableció la prórroga del aislamiento social, preventivo y obligatorio a causa de la pandemia generada por el COVID-19 en el Área Metropolitana Buenos Aires (AMBA), todos los departamentos de la provincia de Jujuy y San Fernando, provincia del Chaco. La misma se extiende hasta el 2 de agosto.
Además, el jefe de Gabinete será el encargado de autorizar las nuevas excepciones en ciudades con más de 500.000 habitantes, según la normativa establecida.
El decreto detalla asimismo las 30 actividades y servicios esenciales que se encuentran exceptuados de cumplir el aislamiento, y que pueden utilizar el transporte público; así como otro listado de 7 excepciones, donde debe ser el empleador quien garantice el traslado de los trabajadores.
A su vez, la disposición reafirma y establece que durante la vigencia del “distanciamiento social, preventivo y obligatorio” las personas deberán mantener entre ellas una distancia mínima de 2 metros, utilizar tapabocas en espacios compartidos, higienizarse asiduamente las manos, toser en el pliegue del codo, desinfectar las superficies, ventilar los ambientes y dar estricto cumplimiento a los protocolos de actividades y a las recomendaciones e instrucciones de las autoridades sanitarias provinciales y nacional.
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