El sector de Economías Regionales de la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) informa que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a través de la publicación en el Boletín Oficial de la Resolución General 4889/2020, estableció el procedimiento para la adhesión a planes de facilidades de pago en el marco del Programa de Asistencia a la cadena de producción de peras y manzanas de las provincias de Neuquén, Río Negro, Mendoza, San Juan y La Pampa; declarada en emergencia económica, productiva, financiera y social por la Ley N° 27.354 y sus modificatorias.
Asimismo, la AFIP dispuso la postergación del vencimiento para el pago de las obligaciones comprendidas en los artículos 1º y 6º de la Resolución General 4790/2020, hasta el 22 de enero de 2021 inclusive.
La adhesión al plan de facilidades de pago para la cancelación de los aportes y contribuciones de la seguridad social de los períodos vencidos entre los días 1° de junio y 31 de diciembre de 2020, podrá realizarse desde el 20 de enero y hasta el 31 de marzo de 2021, ambas fechas inclusive, ingresando con Clave Fiscal en www.afip.gob.ar – “Mis Facilidades”.
Los conceptos que quedan excluidos del régimen de facilidades de pago, son:
a) Los aportes y contribuciones con destino al Sistema Nacional de Obras Sociales.
b) Los aportes y contribuciones con destino al Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores (RENATRE) o al Registro Nacional de Trabajadores y Empleadores Agrarios (RENATEA), según corresponda.
c) Las cuotas correspondientes al Seguro de Vida Obligatorio.
d) Las cuotas con destino a las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART).
e) Las obligaciones a cargo de los sujetos que por sus actividades se encuentran alcanzados por las previsiones que establecen la Ley N° 26.509 y su modificación, y la Resolución General N° 2.723 y sus complementarias.
f) Los intereses -resarcitorios y/o punitorios-, multas y demás accesorios relacionados con los conceptos precedentes.
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