La Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) informa que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a través de la Resolución General 4498/2019, reglamentó un artículo de la Ley de Financiamiento que tiene por objetivo fomentar los proyectos de desarrollo productivo a través del diferimiento del pago del impuesto a las Ganancias.
Cabe destacar que, AFIP determinó el mecanismo de información que deben brindar los fideicomisos y fondos comunes de inversión a sus inversores, quienes deberán suministrar a sus inversores una serie de datos para facilitar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias. A su vez, se les extiende el plazo a los inversionistas para que presenten su declaración jurada rectificativa sin ninguna sanción administrativa.
Esta nueva medida se aplicará respecto de las utilidades generadas en los ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 2018. Además, quienes hubieran presentado sus declaraciones juradas del impuesto a las ganancias con anterioridad a la vigencia de esta norma, podrán rectificarlas hasta el 30 de agosto próximo para poder incorporar las rentas, pagos a cuenta y demás conceptos que correspondan por su participación en los instrumentos mencionados.
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