Desde la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) informamos que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a través de la Resolución General 4132-E, estableció que desde el 1 de octubre se activará el cruzamiento de datos fiscales y bancarios de todos los responsables inscriptos en el impuesto al valor agregado y, en caso de detectarse inconsistencias, los contribuyentes serán bloqueados de la posibilidad de emitir facturas clase “A” debiendo emitir comprobantes clase “M”. Recordemos que este tipo de comprobante implica que los clientes, al realizar el pago de los mismos, se encuentran obligados a retener el 100 % del impuesto al valor agregado y el 3 % en concepto del impuesto a las ganancias. Cabe destacar que la AFIP podrá autorizar a emitir exclusivamente comprobantes clase “M” cuando verifique:
A los fines de evaluar los puntos precedentes, se analizarán en forma integral los siguientes parámetros de control:
La comunicación del pase a comprobantes clase “M” será publicado en el sitio web institucional y se comunicará la citada habilitación a través de los sistemas de autorización de impresión y emisión de comprobantes y del servicio “web” con Clave Fiscal denominado “Regímenes de Facturación y Registración (REAR/RECE/RFI)”. La consulta de los motivos que dieran origen a la habilitación de comprobantes “M”, deberá realizarse en el menú “Habilitación de Comprobantes” del servicio denominado “Regímenes de Facturación y Registración (REAR/RECE/RFI)”. Para acceder a la Resolución General 4132-E, haga clic aquí. Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 25 de septiembre de 2017 |