Desde la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) se informa que la Administración Federal Ingresos Públicos (AFIP), mediante la Resolución General 4390/2018, se establecen ciertas modificaciones en el Plan de Facilidades de Pago, conocido como “Puente Fiscal”, dispuestos por las Resoluciones Generales 4.268, 4.289 y 4.341 y que tendrá vigencia desde el 1° de enero de 2019.
En tal sentido, la resolución genera las siguientes modificaciones:
- Permite la regularización de obligaciones impositivas, de los recursos de la seguridad social o aduaneras, sus intereses y multas.
- El plan de pagos establece un máximo de 48 cuotas y una tasa de financiamiento mensual de 3% para las micro y pequeñas empresas, mientras que para el resto de los contribuyentes será de 4% para los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2018, más enero de 2019.
- Aquellos contribuyentes que posean planes caducos por deudas vencidas al 30 de septiembre no podrán ingresar la misma deuda en este nuevo plan hasta el 31/01/2019.
- Para poder adherirse, los contribuyentes deberán tener constituido su Dominio Fiscal Electrónico.
Para acceder a la Resolución General 4390/2018, haga clic aquí.