Desde la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) informamos que la Secretaría de Comercio Interior, dependiente del Ministerio de Producción y Trabajo, a través de la Resolución 248/2019, estableció que la Dirección de Lealtad Comercial tendrá a su cargo las normas de competencia, con atribución para designar instructores para la tramitación de los sumarios.
La Dirección tendrá la facultad de recibir y admitir denuncias, realizar diligencias preliminares, conferir traslados y resolver sobre la eventual procedencia de la instrucción del sumario, admitir y producir la prueba necesaria para llevar adelante las actuaciones, al igual que declarar concluido el período de prueba y disponer los autos para alegar.
Además, deberá efectuar pedidos de información y documentación a las partes o a terceros, formular observaciones y solicitar información adicional; conceder o denegar vistas de los expedientes en trámite, citar e interrogar, a través de los funcionarios que se designen para tal efecto, a las personas objeto de la investigación o a sus representantes, empleados, funcionarios, asesores y a terceros. Para ello, utilizará los medios técnicos que considere necesarios para generar un registro completo y fidedigno de sus declaraciones, pudiendo para ello utilizar grabaciones magnetofónicas, en vídeo, disco compacto o cualquier otro tipo de instrumento electrónico.
A su vez, otra de sus funciones es la de realizar las pericias necesarias sobre libros, documentos y demás elementos conducentes en la investigación, controlar existencias, comprobar orígenes y costos de materias primas u otros bienes, como así también acceder a los lugares objeto de inspección con el consentimiento de los ocupantes o mediante orden judicial, la que será solicitada ante el juez competente.
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