Desde la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), informamos que la Jefatura de Gabinete de la Nación, mediante la Decisión Administrativa 490/2020, determinó la ampliación del listado de actividades y servicios exceptuados en el contexto del aislamiento social, preventivo y obligatorio, como así también permitir la circulación de personas con discapacidad, autismo y quienes las asistan.
La normativa estipuló que bancos, talleres, ventas de repuestos, fabricación y reparación de neumáticos y artículos de librería, puedan volver a trabajar de forma regulada y administrada.
A su vez, autoriza la circulación de quienes realicen prestaciones profesionales a domicilio destinadas a personas con discapacidad o comprendidas en el colectivo de trastorno autista. Además, precisa que estos profesionales deberán portar copia del Documento Nacional de Identidad (DNI) de la persona bajo tratamiento y del Certificado Único de Discapacidad (CUD).
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