Desde la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) informamos que el Gobierno nacional, a través del Decreto 603/2019, incorporó hoy la rebaja del Impuesto al Valor Agregado a cero a los monotributistas y autónomos, por lo que beneficiará a kioscos y minimercados y a sus clientes.
La administración nacional decidió que se encuentren alcanzadas por una alícuota cero las ventas realizadas a los monotributistas y responsables inscriptos de los productos de la canasta básica alimentaria que se encuentren enmarcados en el inciso B del artículo 1 de la Resolución 220 de la Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa del Ministerio de Producción y Trabajo. De esta manera, destacamos que quienes pueden adquirir a dicho beneficio son aquellas micro empresas que no superen los siguientes valores:
Esta medida será aplicada para quienes realicen ventas al por menor en supermercados y minimercados (incluye mercaditos, autoservicios y establecimientos similares que vendan carnes, verduras y demás productos alimenticios en forma conjunta).
También beneficia a los kioscos, polirrubros y comercios no especializados; comercios no especializados, sin predominio de productos alimenticios y bebidas; y a aquellos que se dedican a la venta al por menor de productos lácteos.
Asimismo, beneficia a quienes realizan venta al por menor de productos de almacén y dietética; y comercializaición al por menor de huevos, carne de aves y productos de granja y de la caza; como así también frutas, legumbres y hortalizas frescas.
Por último, quedan exentos de pagar IVA quienes se dedican a vender pan y productos de panadería; productos alimenticios no clasificados previamente; alimentos, bebidas y tabaco en puestos móviles y mercados; entre otros.
Para acceder al Decreto 603/2019, clic aquí.