La Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) informa que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispuso nuevos montos a partir de los cuales se deben identificar a los consumidores finales, de acuerdo con el siguiente esquema:
– cuando el importe de una factura sea igual o superior a $43.010 pesos y su receptor sea un consumidor final;
– cuando el importe de una factura sea igual o superior a $21.505 pesos y no se haya pagado con tarjetas de crédito o de débito, tarjetas prepagas no bancarias u otros medios de pago equivalentes.
En el caso de operaciones efectuadas por responsables inscriptos en el IVA, cuya actividad principal sea la comercialización mayorista se exceptuará de identificar al cliente cuando la operación sea igual o menor a $ 21.505 y el pago se efectúe por algún medio electrónico autorizado.
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