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SE FORMALIZÓ UN NUEVO AUMENTO DEL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL

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May102020
Novedades

Desde la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) informamos que el Gobierno Nacional, a través de la Resolución 1/2019 publicada en el Boletín Oficial, oficializó el adelanto del último aumento del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM), que estaba previsto para el 1 de junio de 2019. La suba se enmarca en el 25 % escalonado que se acordó en agosto de 2018.

De esta forma, a partir del 1 de marzo, el sueldo mínimo para trabajadores mensualizados que cumplen jornada completa llegará a la suma de 12.500 pesos, mientras que los trabajadores jornalizados, por su parte, cobrarán 62.50 pesos por hora.

Además, se incrementaron los montos correspondientes al mínimo y máximo de la prestación por desempleo, a 2.907,53 pesos y 4.652,06 pesos respectivamente.

Para acceder a la Resolución 1/2019, clic aquí.

Categoría: Novedadesmayo 10, 2020
Etiquetas: Institucional
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May92020
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Desde la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) informamos que el Gobierno Nacional, a través de la Resolución 6/2019 publicada en el Boletín Oficial, oficializó el aumento del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM), el que se implementará en tres etapas, de la siguiente forma:

  1. a partir del 1° de agosto de 2019, la suma de pesos catorce mil cientos veinticinco ($ 14.125,00).
  2. a partir del 1° de septiembre de 2019, la suma de pesos quince mil seiscientos veinticinco ($ 15.625,00)
  3. a partir del 1° de octubre de 2019, la suma de pesos dieciséis mil ochocientos setenta y cinco ($ 16.875,00)

 

Además, se incrementaron los montos correspondientes al mínimo y máximo de la prestación por desempleo, de la siguiente forma:

  1. a partir del 1° de agosto de 2019, en pesos tres mil doscientos ochenta y cinco con cincuenta y un centavos ($ 3.285,51) y pesos cinco mil doscientos cincuenta y seis con ochenta y tres centavos ($ 5.256,83) respectivamente.
  2. a partir del 1° de septiembre de 2019, en pesos tres mil seiscientos treinta y cuatro con cuarenta y un centavos ($ 3.634,41) y pesos cinco mil ochocientos quince con ocho centavos ($ 5.815,08) respectivamente.
  3. a partir del 1° de octubre de 2019, en pesos tres mil novecientos veinticinco con diecisiete centavos ($ 3.925,17) y pesos seis mil doscientos ochenta con veintiocho centavos ($ 6.280,28) respectivamente.

Para acceder a la Resolución 6/2019, clic aquí.

Categoría: Novedadesmayo 9, 2020
Etiquetas: Institucional
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