Desde la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) informamos que el Gobierno Nacional, a través del Decreto 451/18 publicado en el Boletín Oficial, promulgó la Ley 27.442 “Ley de Defensa de la Competitividad”, una norma indispensable para evitar la cartelización de los formadores de precios y las conductas anticompetitivas que perjudican a las Pymes y a los consumidores.
Esta nueva Ley establece la prohibición de los acuerdos entre competidores, las concentraciones económicas, los actos o conductas relacionados con la producción e intercambio de bienes o servicios que busquen limitar, restringir, falsear o distorsionar la competencia o que constituyan un abuso de una posición dominante en el mismo, de modo que pueda perjudicar el interés económico general. A quienes incurran estos actos se les aplicarán sanciones sin perjuicio de otras responsabilidades que pudieran corresponder como consecuencia de los mismos.
Cabe destacar que se entiende que una o más personas gozan de una posición dominante cuando para un determinado tipo de producto o servicio es la única oferente o demandante dentro del mercado nacional o internacional. Asimismo, esto sucede cuando sin ser la única opción no está expuesta a una competencia sustancial o cuando por el grado de integración vertical u horizontal está en condiciones de determinar la viabilidad económica de un competidor participante en el mercado, en perjuicio de éstos.
Para llevar adelante el cumplimiento de esta Ley, se crea la Autoridad Nacional de la Competencia como el organismo de control con plena capacidad jurídica para aplicar las sanciones correspondientes y será el Honorable Senado de la Nación quien convalide a los miembros que la integren. Dentro de la misma funcionarán el Tribunal Nacional de Defensa de la Competencia, la Secretaría de Instrucción de Conductas Anticompetitivas y la Secretaría de Concentraciones Económicas.
Las sanciones que se pueden dictar van desde multas hasta la suspensión de los Registros Nacionales de Proveedores del Estado. La efectiva concreción de la Ley buscará proteger a la competencia de manera justa para que las propuestas se manejen desde un punto de trabajo equitativo para todos.
Las multas serán establecidas según tres criterios objetivos: el del monto del beneficio ilícito donde la sanción podría ser hasta el doble, el porcentaje de volumen de negocios del grupo económico y multas de hasta 200 millones de Unidades Móviles que se irán actualizando año tras año.
La reglamentación de esta ley se realizará en el término de 60 días computados a partir de su publicación.
Es importante resaltar que un año y medio atrás, cuando los diputados nacionales Elisa Carrió y Mario Negri presentaron el proyecto, CAME fue la única entidad presente en apoyar la iniciativa por ser un reclamo recurrente de sus entidades adheridas que consideraban fundamental regular esta situación para contar con mercados más competitivos y transparentes.
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