Desde el sector Industrial de la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) acercamos información sobre la Resolución 533-E/2017 publicada el día 21 de julio en el Boletín Oficial.
Esta resolución refiere al Registro Industrial de la Nacional el cual recaba información cuantitativa y cualitativa sobre las industrias que desarrollan actividades en el territorio nacional.
Derogándose la Resolución 146/2007, se aprobó un nuevo procedimiento para la inscripción o renovación en el Registro Industrial de la Nación, que como Anexo I forma parte integrante de la presente resolución.
“Procedimiento de inscripción y/o renovación en el Registro Industrial de la Nación. La persona interesada en obtener la inscripción o renovación en dicho Registro, deberá ingresar a la plataforma Trámites a Distancia (TAD), aprobada por el Decreto N° 1.063 de fecha 4 de octubre de 2016, en adelante denominada “T.A.D.” y acceder, según el caso, al trámite “Solicitud de inscripción al Registro Industrial de la Nación” ó “Solicitud de renovación al Registro Industrial de la Nación”, adjuntar, en el mismo acto el comprobante de pago respectivo, requerido en el Artículo 5° de la Ley N° 19.971 y completar en el formulario disponible” (Ver el formulario en Anexo I más arriba).
Otra de las modificatorias mencionadas: “Apruébese el procedimiento para la emisión de constancias de personas no comprendidas en el Art. 1 de la Ley 19.971 del Registro Industrial de la Nación, que como Anexo II forma parte integrante de la presente medida.
La presente medida entrará en vigencia a partir del día 1 de agosto de 2017 y será de aplicación a las actuaciones en trámite iniciadas hasta dicha fecha, inclusive.
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Para más información: CAME INDUSTRIAL
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