Desde la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) informamos que el Gobierno Nacional, mediante el Decreto 286/2019 publicado en el Boletín Oficial, modificó el régimen de Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE) para la administración nacional, conformada por la dirección central y organismos descentralizados, comprendiendo a las instituciones de seguridad social y empresas y sociedades del estado.
La medida abarca también a las empresas y sociedades del Estado y a las sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria. En tanto, las sociedades de economía mixta y todas aquellas otras organizaciones empresariales donde el Estado nacional tenga participación mayoritaria en el capital o en la formación de las decisiones societarias, estarán incluidas en esta normativa.
De esta manera, la obligación comprenderá los procedimientos y trámites de declaraciones, permisos, certificaciones, licencias y demás autorizaciones o gestiones necesarias para realizar operaciones de importación o exportación. Así, cuando corresponda, cada organismo deberá indicar las excepciones, requisitos, condiciones o reglas que resulten necesarias para identificar el universo de mercaderías alcanzadas por la regulación de que se trate.
El plazo para realizar el trámite será de un día hábil, contado desde su determinación o emisión, mediante el módulo “Comunicaciones Oficiales” del Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE), acompañado del formulario correspondiente que también podrá ser descargado de la plataforma cice.vuce.gob.ar. La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) será quien controle las tramitaciones, mediante la Dirección General de Aduanas.
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